Por Silvia Stang -
El salario más bajo alcanzado por el impuesto a
las ganancias sería, en 2020, entre un 17 y un 21% más elevado
que el actualmente vigente y se ubicaría, en el caso de un empleado sin cargas
de familia ni otras deducciones, en un monto de entre $53.600 y $55.600 (las
cifras son de ingresos promedio mensuales, incluyen el proporcional del
aguinaldo y son netas de aportes a la seguridad social). Es decir, el incremento de la base para tributar sería de un porcentaje
bastante inferior a la inflación, no solo de la referida a 2019, sino
también de la que se cree que habrá en 2020 (se estima un 42%, según los
economistas que responden al Relevamiento de Expectativas de Mercado del Banco
Central). En el caso de un asalariado con cónyuge y dos hijos a su cargo, el
mínimo sujeto a Ganancias se ubicaría entre $70.900 y $73.500, aproximadamente.
Sin embargo, si
existiera una decisión política de prorrogar el incremento de los parámetros
del impuesto dispuestos por el Gobierno luego de las PASO, en agosto último, las cifras mencionadas serían
significativamente superiores y el impuesto se aliviaría de manera más fuerte
para todas las personas alcanzadas por esta carga fiscal (este último efecto se
produce siempre que suben los montos liberados del tributo).
¿De qué depende
cuáles serán, finalmente, los parámetros que regirán para el pago del
impuesto en 2020? La ley dispone que la actualización de la llamada
"ganancia no imponible" y de las deducciones generales que determinan
quiénes tributan (y cuánto) se haga anualmente en función de la variación que,
entre los meses de octubre previos, haya tenido la Remuneración Promedio
Imponible de los Trabajadores Estables (Ripte). Para 2019 eso determinó que los
valores subieran un 28,29%: al estar ese índice muy por debajo de la suba de precios, la consecuencia fue una mayor presión
impositiva, aun con una pérdida de poder adquisitivo de los contribuyentes.
Dada esa situación,
en agosto pasado se emitió el decreto 561, que dispuso elevar un 20% las bases
del impuesto (no en su totalidad, porque las deducciones por hijo o por
cónyuge, por ejemplo, no se modificaron, ni se cambiaron tampoco los valores de
la tabla que define, según la cuantía de los ingresos, qué alícuota se toma en
cada caso).
"Ese aumento
del 20% es solo aplicable para 2019 y así lo aclara el decreto; entonces, no
puede usarse ahora como parámetro de cálculo para 2020", explicó a LA NACION una fuente del Gobierno. La medida del Poder Ejecutivo, en su primer artículo, le encomendó
específicamente a la AFIP la suba de las deducciones "vigentes para el
período fiscal 2019". Otro funcionario aclaró que la posibilidad de que
ese beneficio se mantenga estaría dada por otro decreto, que establezca una
prórroga.
Para la
actualización que, según la ley, deberá aplicarse desde enero, no están
disponibles aún los datos que permitan hacer el cálculo. Concretamente, falta
que se publique el índice Ripte de octubre. En función de cómo se movió esa
variable en los últimos meses puede estimarse que el alza de referencia para
actualizar Ganancias estará entre 40 y 45% (de allí las estimaciones citadas en
el primer párrafo).
Al no considerarse
el beneficio del decreto de agosto, el porcentaje final (que se conocerá la
semana próxima, según lo previsto) se aplicaría sobre las bases del impuesto
que rigieron antes de agosto. De no ser así (de tomarse los números hoy
vigentes), y en el supuesto de un alza del Ripte de 45% interanual, el salario
más bajo alcanzado por el tributo en el caso de solteros sin hijos a cargo se
elevaría a $66.645.
Para el caso de los autónomos no hay dudas, porque no fueron
alcanzados por la medida del 20% (en cambio, se les redujo el monto de
anticipos del impuesto que tenían pendientes de pago hasta fin de año). En
2019, el ingreso anual a partir del cual se tributa (sin considerar
deducciones) es de $257.546,96. Y en 2020 se ubicaría entre $360.500 y
$373.500, según sea la variación final del Ripte.
Para los
asalariados que pagan Ganancias, la medida decidida en agosto por Mauricio
Macri significó no solo una reducción del monto a tributar en lo que restaba de
este año, sino también un recálculo de lo descontado en 2019 y hasta entonces, porque
los nuevos montos se fijaron para todo el año. Así, se estableció la devolución
de lo retenido de más. Y algunas personas quedaron al margen del pago del
impuesto. Ahora, si la suba de los parámetros queda lejos de la inflación y de
la recomposición recibida por los salarios, volverá a haber más contribuyentes.
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