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Bienes Personales: cómo afecta la ley al contribuyente "medio"
ABC Mercado de Cambios S.C. comunica sobre la fuente de la siguiente nota:
Texto informativo: 30/12 - 07:32 Ambito Financiero
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Por Andrés Randazzo - Dentro de la “megaley” de Solidaridad impulsada por el Gobierno se determinó una modificación en las escalas del Impuesto sobre los Bienes Personales. “Va a volver a tener la alícuota que tenía en 2015”, fue el anuncio que en su momento hizo Alberto Fernández, y así quedó plasmado en el proyecto aprobado por el Congreso. En el esquema, que quedó reglamentado el sábado y ya rige para el período fiscal de 2019, el mínimo no imponible a partir del cual se paga el tributo es de $2 millones, monto que no incluye una vivienda propia para uso habitacional hasta un valor de $18 millones.

 

Según advirtieron especialistas, al no aumentar la base imponible y producto de la devaluación que sufrió el peso en los últimos años, el impuesto tiende a alcanzar a más personas con ingresos medios. Es esa escala, justamente, la que a partir de la nueva reglamentación deberá pagar más por sus bienes. “Como las alícuotas se calculan de forma progresiva y debido a la no modificación de los mínimos no imponibles, genera que aquellos patrimonios que están en monedas extranjera, como un inmueble que se revalúa al tipo de cambio del 31 diciembre, queden afectados”, señaló a Ámbito Financiero el tributarista Federico De Luca, quien agregó: “Así, afecta a patrimonios medios, cuando no es el objetivo. El gran problema es la no actualización del mínimo en un año con inflación y devaluación”.

Según se desprende de un análisis del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF), “el incremento en la presión tributaria se encuentra en valores aproximados del 70% o más, con la característica de que el porcentaje de aumento es superior en los contribuyentes alcanzados de menor nivel de riqueza, dado que el porcentaje de incremento de la alícuota inicial (100%) es superior a la de la más alta de la escala (66,66%)”.

En ese contexto, si se analizan distintos casos a modo de ejemplo, puede observarse que un contribuyente que cuenta con bienes por un monto de $3 millones de pesos, con la nueva ley deberá pagar $5.000 cuando antes el monto era de $2.500 (es decir, el doble). Si el bien alcanzado por el tributo es de $16 millones, deberá pagar $116.200 contra los $62.500 (un 86% más) que pagaba previo a la vigencia de la ley de Solidaridad.

“El tema, por ejemplo, es para la gente que está ahorrando para comprarse la casa y que después no te alcancen los ahorros para llegar a comprarla. Ese dinero, si no está en una cuenta bancaria, queda alcanzado por los Bienes Personales. Eso ocurre cuando pasan estas cosas. De alguna manera la repercusión más fuerte va a ser para la clase media alta”, analizó Iván Sasovsky.

Para De Luca, el dato de que los dólares ahorrados “bajo el colchón” estén alcanzados por el impuesto es relevante. “La caja de ahorro y el plazo fijo en dólares están exentos. Pero el tema es que en el último año se abrieron muchas cajas de seguridad por el tema de la incertidumbre con lo que podía pasar con los dólares”, señaló el especialista, quien remarcó que con este impuesto “se recauda el 1% del PBI. Si bien todo suma, representa poco”.

Con la nueva disposición, los cuatro niveles de la alícuota quedaron como sucedía previo a 2015: 0,5% para los primeros $3 millones que superen el mínimo no imponible; 0,75% (más una suma fija de $15.000) desde esos $3 millones a $6,5 millones; 1% (más suma fija de $41.250) de los $6,5 millones a los $18 millones; y 1,25% (más $156.250) para los bienes que superen los $18 millones. También estableció que el valor total de los bienes en el exterior que exceda el mínimo no imponible no computado contra los activos del país pagarán una tasa del 0,7% cuando lleguen hasta $3 millones; del 1,20% entre $3 y $6,5 millones; del 1,8% entre $6,5 y $18 millones y de 2,25% si superan los $18 millones.

 

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