Por Silvia Andrea
Tedin - El proyecto de moratoria para
las PyMES, que
impulsó el nuevo Gobierno y fue aprobado en el Congreso, será una gran
oportunidad de refinanciar el stock de deuda de corto a largo plazo, incluyendo
condiciones de condonación de intereses y multas.
Vale aclarar que,
para ingresar a esta moratoria, las empresas deberán tener vigente el
Certificado Mi PyME, o adherir en forma condicional con el compromiso de
obtenerlo hasta el 30 de abril. El plazo para acogerse sería desde el mes
calendario siguiente desde su publicación en el Boletín Oficial, en enero del
2020.
Entre otras cosas,
el ente recaudador pide Regímenes Informativos (Citi compras y ventas) de los
períodos no prescriptos. Muchas veces no es que la PyME no quiera tenerlo, sino
que el sistema de AFIP por el cual se solicita el mismo termina operando como
una “barrera de entrada”. Sería bueno que en pos de facilitarles la obtención,
se simplifiquen los controles que hace el sistema. Ahora más que nunca, dado
que es la llave de entrada a la moratoria.
Por otra parte, hay
varios beneficios a tener en cuenta del nuevo proyecto de Regularización de obligaciones
Tributarias de la Seguridad Social y Aduaneras para las PyMes.
Se podrán
refinanciar planes vigentes(permite diferir deudas de corto en largo plazo) y/o
caducos a la fecha de vigencia de la ley (Deudas vencidas al 30 de noviembre de
2019). También incluirá compromisos asumidos que estén “en discusión
administrativa, contencioso administrativa y/o judicial”.
La iniciativa
también prevé la condonación de sanciones que no estén firmes a la fecha de
acogimiento ni tampoco abonadas. Además incluirá la condonación de intereses
resarcitorios y/o punitorios en un porcentaje, de acuerdo a la antigüedad de la
deuda. Cuanto más antigua, mayor será la reducción. No incluiráART,
impuesto a los combustibles y las apuestas, entre otros
Cabe destacar que
la moratoria contemplará como forma de pago la compensación con saldos de libre
disponibilidad, reintegros o reembolsos de cualquier deuda, pago al contado con
reducción del 15% del monto a pagar, plan de pago de hasta 60 cuotas para
aportes al Sistema Único de Seguridad Social y de hasta 120 cuotas para el
resto de las obligaciones.
Las PyMES también
podrán gozar de una tasa del 3% de financiación los primeros 12 meses, y luego
accederán a una tasa variable, equivalente a la BADLAR que utilizan los bancos
privados.
Además, en esta
oportunidad, no operará el sistema de perfil de riesgo SIPER, y la caducidad
será por falta de pago de hasta 6 cuotas. Mientras que la primera cuota vencerá
el 16 de julio de 2020 y podrá tener un pago a cuenta no definiendo importe alguno.
Resta esperar que
estas iniciativas ayuden a salir de la crisis que atraviesan los distintos
rubros de la economía, en especial el de las PyMES.
* Socia de
SMS - San Martín, Suarez y Asociados y responsable del servicio de consultoría
Mision PyME
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