Por Carlos Lamiral - Las personas que hicieron
compras en pesos de algún artículo o servicio en el exterior, a quienes no se
les practicó la percepción del 30% del Impuesto PAIS en su momento, tendrán que
pagarlo generando un comprobante electrónico en la web de la Administración
Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Según el
organismo, incluye operaciones que van desde el 23 de diciembre, cuando se
publicó el tributo en un suplemento del Boletín Oficial, hasta el 28 de
diciembre, cuando se promulgó. Luego de esos días los agentes comenzaron a
percibir. Serán los únicos casos en que le corresponderá al contribuyente
practicar lo que se conoce como “autopercepción” y se relaciona mayormente con
adquisición de pasajes o paquetes turísticos al exterior en moneda local.
Fuentes del
organismo informaron a Ámbito Financiero que de acuerdo con estimaciones
propias “son excepcionales” los casos en que habrá “autopercepción”.
En cambio, cuando
se hayan adquirido bienes o servicios con tarjetas de crédito o plataformas
virtuales en dólares durante, cuando el gravamen no estuvo reglamentado, la
retención la practicará el agente de percepción. Esto se debe a que el impuesto
PAIS, según dispuso la AFIP, se tiene que calcular al momento del cierre del resumen
mensual o liquidación y no con el momento de la compra. El ejemplo es el de una
persona que compró el 27 de diciembre cuyo resumen de tarjeta vence el 15 de
enero.
La resolución
establece que la percepción se calculará sobre el monto en pesos abonado al
momento de cancelar total o parcialmente el resumen o liquidación, aplicado a
las adquisiciones alcanzadas por el impuesto, calculadas al tipo de cambio del
día anterior al de emisión del resumen o liquidación. En el ejemplo, se debería
tomar el tipo de cambio del 14.
En cambio, cuando
se trate de operaciones hechas en pesos desde el 23 de diciembre, las personas
que no cuenten con una clave fiscal del sitio de la AFIP deberán anotarse,
generar un Volante Electrónico de Pago y abonar. Los usuarios habituales como
monotributistas y autónomos, tan sólo deberán emitir el comprobante. Si la
transacción fue realizada entre el 23 y el 31 de diciembre, tendrán tiempo
hasta el 25 de enero. Si la operación se hizo entre el 1 y el 7 de enero,
tendrán tiempo hasta el 25 de febrero. Cuando generen el volante deberán buscar
en el aplicativo el código de impuesto 938, concepto Pago A Cuenta / Auto
Retención/ Auto Percepción. De acuerdo con la AFIP, este tipo de operaciones se
tienen que haber cancelado en efectivo, pero especialistas consultados
consideran que se puede también incluir en ese grupo a los pagos con tarjeta en
moneda local si se entiende que el agente de percepción es la compañía aérea o
la agencia de turismo y no la tarjeta.
Para varios
tributaristas, el Artículo 12 de la Resolución 4659 donde se indica que son las
personas que deberán abonar el gravamen que no les percibieron “se presta a
confusión”. César Litvin consideró que sería aconsejable que la AFIP
emitiera alguna aclaratoria. Según dijo el tributarista, “no se puede percibir
un impuesto con retroactividad”, mientras que su colega Ezequiel Passarelli
opinó que es “lógico que los bancos y las tarjetas les perciban con
posterioridad el gravamen a sus clientes si no lo cobraron en su momento, pero
claramente la resolución dice otra cosa”. Al respecto, el abogado
especializado en temas tributarios Diego Fraga, remarcó que “los agentes de
percepción no contaban con las normas reglamentarias para poner en práctica la
percepción a partir de la entrada en vigencia de la ley, entonces, se establece
que el responsable de ingresar el impuesto es el contribuyente, que es quien
adquirió los bienes o servicios”.
Sebastián
Domínguez, de SDC Asesores Tributarios, explicó que “el hecho imponible lo
determina si el agente de percepción tiene que acceder al Mercado Único y Libre
de Cambios (MULC)”. “El problema para una empresa es cómo saber de antemano si
tiene que girar o no el dinero que percibe al exterior de una operación que
realiza con un cliente, o si usa ese dinero para otra cosa”, señaló.
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