El directorio del Banco Central volvió a permitir el giro
de utilidades de empresas al exterior en dólares a precio oficial y sin el
impuesto del 30 por ciento. De esta manera, flexibilizó el
supercepo aunque con condiciones: deberá tratarse de divisas que previamente hayan ingresado
al país, entre otros requerimientos.
La Comunicación "A" 6869 del organismo indica que
las entidades financieras "podrán dar acceso al mercado de cambios para
girar divisas al exterior en concepto de utilidades y dividendos a accionistas
no residentes, sin la conformidad previa del BCRA en la medida que las
utilidades "correspondan
a balances cerrados y auditados".
La medida permite que las compañías giren dividendos por un
monto de hasta el 30% de lo que invirtió, siempre
que la inversión realizada desde este viernes se haya liquidado en el mercado.
Desde que el Gobierno impuso el impuesto del 30% a la compra de divisas,
las empresas tenían vedado el acceso al mercado oficial y por eso muchas
compañías acudían a operaciones de bolsa mediante el contado con liquidación.
La comunicación de la autoridad monetaria advirtió que los
casos que "no encuadren" en
los términos de la circular "requerirán
la conformidad previa para acceder al mercado de cambios para el giro al
exterior de divisas".
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