El Gobierno nacional decidió la suspensión de
la aplicación del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento,
aprobada en mayo para incentivar las actividades productivas basadas en el uso
intensivo de la tecnología y la digitalización de la información
Así se dispuso a través de Resolución 30/2020
del Ministerio de Desarrollo Productivo, que se publicó este lunes en el Boletín oficial.
La medida resuelve suspender los plazos para
analizar y procesar las solicitudes de adhesión al "Régimen de
Promoción de la Economía del Conocimiento presentadas a la fecha, hasta el
momento en que sea dictada la normativa complementaria correspondiente".
La resolución, que lleva la firma del
ministro de Desarrollo Productivo de la Nación, Matías Kulfas, entrará en
vigencia a partir de mañana.
El objetivo de la ley 27.506 era promocionar
actividades económicas que apliquen el uso del conocimiento y la digitalización
de la información apoyado en los avances de la ciencia y de las tecnologías, a
la obtención de bienes, prestación de servicios y/o mejoras de procesos.
Entre las nuevas ventajas tributarias se
contemplaba la aplicación de una alícuota reducida del 15% en el Impuesto a las
Ganancias, y la posibilidad de deducción del crédito por impuestos análogos
pagados en el exterior, cuando se trate de ganancias de fuente argentina.
Las compañías beneficiadas seguirían
excluidas de retenciones y percepciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y
se preveían deducciones -sin limitaciones- en las contribuciones patronales,
aspecto que en la ley vigente no está previsto, y tendrán la posibilidad de
generar un bono de crédito fiscal por las contribuciones que les hubieran
correspondido pagar, equivalente a 1,6 veces el monto de las contribuciones que
les hubiera correspondido paga.
Por último, se les aseguraba estabilidad
fiscal en tributos nacionales respecto de la actividad promovida, desde la
inscripción en el registro de beneficiarios hasta que culmine la vigencia del
régimen, incluyendo los derechos o aranceles a la importación y exportación, no
contemplados en la normativa anterior.
El 22 de mayo el Congreso aprobó la
llamada "nueva ley de software", para incentivar las actividades
productivas basadas en el uso intensivo de la tecnología y la digitalización de
la información, teniendo como objetivo central el desarrollo de sectores con
enorme potencial a futuro que requieren capital humano altamente calificado.
Este nuevo "Régimen de Promoción de la
Economía del Conocimiento", además, busca ampliar los beneficios de la
anterior norma, que fue promulgada en 2004 (ratificada y ampliada en 2011).
Además de los fabricantes de software, en la
nueva legislación se incluyeron aquellas empresas relacionadas a los servicios
informáticos y digitales; producción y posproducción audiovisual,
biotecnología, bioeconomía, bioinformática y neurotecnología; servicios
geológicos y de prospección, servicios relacionados con la electrónica y las
comunicaciones, industria aeroespacial y satelital y servicios profesionales,
en la medida que sean de exportación, entre otras.
Asimismo, se incorporaron actividades de
ingeniería, ciencias exactas y naturales, agropecuarias y médicas vinculadas a
tareas de investigación y desarrollo experimental.
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