Por David
Narciso - Hace años que la
operatoria de exportación de las empresas del complejo oleaginoso argentino
llama la atención porque en muchos casos triangulan las ventas por medio de
empresas propias o vinculadas radicadas en paraísos fiscales. ¿Para
qué lo hacen? ¿Cuál es el beneficio? ¿Es posible que el sector que aporta la
mayor cantidad de divisas al país, a la vez lo perjudique eludiendo impuestos
por anomia, insuficiencia normativa o fragilidad fiscal?
Desde hace años Sergio
Arelovich, en su condición de docente de la Universidad Nacional de
Rosario, asesor de la Federación de Trabajadores del Complejo Industrial
Oleaginoso y miembro del Mirador de la Actualidad del Trabajo y la Economía
estudia el sector, con especial seguimiento de esos mecanismos de triangulación
que permiten consolidar ganancias en el exterior sin declarar. Los
cuestionamientos de AFIP, la trampa de los precios de transferencia, la anomia
o insuficiencia normativa y la liquidación de retenciones y divisas pasan por
su análisis.
“Todas las empresas
del complejo oleaginoso tienen una inserción internacional. Algunas son grandes
multinacionales extranjeras y unas pocas son empresas locales, con casas
matrices acá, pero con un estilo de operatoria muy parecida a las otras",
dice Arelovich.
"La característica general, al igual que en otros
mercados, es una alta proporción de comercio intrafirma. Es decir, la empresa exporta a otra empresa importadora
que, o bien está vinculada, o es controlada o controlante de la que le vende.
Cargill le vende a Cargill; Dreyfus a Dreyfus, etc. Los resultados
del Anuario Estadísticas Tributarias de AFIP son muy ilustrativos al respecto:
luego del 2001, la proporción de las exportaciones argentinas de la totalidad
de las posiciones arancelarias que explícitamente lo exhiben en sus
declaraciones juradas, lo fueron en algo más de la mitad a empresas vinculadas,
controladas, controlantes o paraísos fiscales”, detalla el especialista.
— ¿La característica
general entonces es la exportación intrafirma?
— Sí. La totalidad de las compañías multinacionales
extranjeras del complejo oleaginoso, se vende a sí misma la mayoría sino el
100% de aquello que factura.
— ¿En qué se
benefician?
— Las ventajas son varias. Por ejemplo, al venderse a sí
mismas conocen la demanda y orientan y reorientan la producción, cómo, cuándo,
cuánto, etc. Producen porque saben que se lo van a comprar (sus propias
firmas), por lo cual no es estrictamente comercio internacional, es cuasi
comercio. En el caso del complejo oleaginoso, como el complejo automotriz, se
produce para un mercado cuyo tamaño, precio, calidad, condición y naturaleza se
conoce de antemano. Es una ventaja
dado que en un marco de altas fluctuaciones de la demanda en el comercio
internacional, les permite planificar.
— ¿Planificar qué?
— Cómo garantizarse la materia prima para colocar los
productos cuya demanda ya conoce, usando distintas estrategias. Tanto
trasnacionales como locales estimulan y apoyan la producción agropecuaria de
modo de garantizarse la cantidad y la calidad que necesitan. Ya sea con
adelantos financieros a productores o cooperativas; Aceitera General Deheza, por ejemplo, creó
hace ya largos años una Sociedad de Garantías Recíproca enorme, y no es la
única. En otros casos hay un apoyo directo a los productores, como Vicentin,
Molinos Agro, Cargill, Glencore, Bunge, ADM, Dreyfus, Cofco, esto es muy común.
— ¿Qué otras
ventajas obtienen con la triangulación?
— Una segunda ventaja no tiene que ver con lo productivo
sino con la opacidad del comercio internacional cuando las mercancías circulan
dentro de la misma firma. Opacidad
que pone en jaque la verosimilitud de lo que se declara y en especial los
precios de las transacciones. A esto se lo conoce como precios de
transferencia. Es el precio, por ejemplo, al que una multinacional ubicada en
Argentina le vende a un eslabón propio que está en Holanda o China. ¿Ese precio
obedece al mercado internacional? ¿Está dentro de lo razonable o no?
— Claro, ¿cómo sabe
el fisco si es el precio real?
— Los organismos fiscales han construido distintos tipos de
procedimientos o métodos para ver si los precios de transferencia obedecen o no
a criterios de razonabilidad. AFIP los objetó en distintas oportunidades:
podría decir que en todos los balances de las empresas del complejo oleaginoso
encontramos juicios abiertos por el organismo.
— ¿Por qué las
demanda?
— Tres cosas. Primero, precios de transferencia. “No te creo
los precios que me decís a los cuales vendiste o compraste a tal o cual, por lo
tanto te practico una determinación de oficio, una diferencia del impuesto a
las ganancias porque creo que
sobrefacturaste o subfacturaste”. Segundo, grupo de demandas: le
cuestiona la base imponible sobre la que el exportador calculó las retenciones
que debe ingresar; le dice “si me mentiste en los precios de transferencia, me
pagaste menos derechos de exportación aún”. Tercer caso: cuestionamientos por
la liquidación de divisas en los períodos que el exportador tenía la obligación
de hacerlo por la totalidad. A lo mejor sólo liquidó 70%; y encima lo hizo al
precio que dice que lo vendió, que estaba cuestionado por AFIP. En el caso de
Vicentin hay juicios abiertos por precios de transferencia de 2003/2004, por
redeterminación de Ganancias desde 2007 y liquidación de divisas desde 2012.
— Es decir que sacan
ventaja al fijar el precio, a la hora de pagar retenciones y a la hora de
liquidar divisas.
— Es una maquinaria para hacer ganancias no declaradas, de
utilidades por izquierda, no necesariamente evadiendo sino eludiendo parte de
las normas.
— ¿El comercio
intrafirma se hace con empresas radicadas en paraísos fiscales, al igual que la
radicación de sus casas matrices?
— En el caso de Argentina, el 100% de las empresas
extranjeras del complejo oleaginoso tiene sus casas matrices en paraísos
fiscales. Delaware, Gibraltar, Suiza, Londres, Luxemburgo, todas. Incluso
Cofco, creada por el Estado Chino pero con participación de grandes fondos
comunes de inversión como Goldman Sachs, se mudó de Beijing a una de estas
zonas de nula o baja tributación.
— ¿Por qué lo hacen?
— Primero porque si no está prohibido, entonces está
permitido. Son lugares de última instancia donde se giran nominalmente las
divisas. A su vez, con
independencia de dónde está la casa matriz, la mayor parte lo comercian con
firmas propias radicadas en paraísos fiscales, lo que vuelve más opaco el
comercio internacional. Entonces la AFIP los puede cuestionar: “No
solamente no te creo el precio que me declarás que vendiste, sino que no creo
que le hayas vendido poroto de soja, sino aceite de soja, que tiene mayor
precio, y nosotros no pudimos verificar qué metiste adentro del barco”.
— Ese es un déficit
de los organismos fiscales.
— Voy un poquito más allá, creo que no hay posibilidad de
diseñar capacidad de regulación total en tanto eso se permita. Si miramos todas
las exportaciones que declaran las agroexportadoras con destino a Uruguay, y
las comparamos con las estadísticas que registra el país vecino, no dan. Esas
posiciones arancelarias nunca entraron a Uruguay. Ni siquiera pasaron barcos
por el puerto de Nueva Palmira, pasaron papeles y se reexportan.
— El Estado pierde
de capturar recursos. ¿Por qué no llega ahí?
— Se dan varias cosas. Por un lado lo normativo. La ley de
sociedades es antigua porque no se hace cargo de las transformaciones que hubo
de hecho en el capitalismo desde mediados de los setenta. Y, en general,
tampoco sirven para monitorear y regular la estructura real que tienen las
corporaciones extranjeras y locales. Por otro lado, las normas de regulación de
rango inferior a una ley tienen vida efímera y dependen directamente del viento
político reinante. Ejemplo: la
AFIP toma una resolución, mañana la cambia por otra, la Aduana observa algo y
mete la cuchara; cambian los funcionarios, cambia el presidente; las tiran para
atrás; el Banco Central tira una comunicación que modifica la de hace un año...
De esto hay para coleccionar.
— ¿Cómo se corrige
esta operatoria que estaría facilitando una menor tributación?
— Es delicado porque a la vez es la principal fuente de
divisas que viene del comercio exterior. No se puede hacer todo de golpe. El primer objetivo debería ser detectar el
nivel de ganancias, para lo cual armaría algún criterio de trazabilidad de todo
lo que pasa a lo largo de la cadena. Ejemplo, todos hablan de
retenciones porque hay un conjunto de eslabones en la cadena productiva. El
primero, que es el productor, le vende al segundo eslabón. Ese segundo te
practica una liquidación de compra y te aplica una retención. Habría que
implementar una trazabilidad a través de un comprobante fiscal de compra
obligatorio, que detalle las retenciones que le hacen.
— ¿Qué se ganaría
con eso?
— Cuando el primero le vende al segundo eslabón, no sabe si
ese grano se va a exportar, por lo tanto si estará sujeto a un derecho de
exportación. Y si se fuera a exportar, con qué características. La soja puede
ser como biocombustibles, harina, aceites o grano y a su vez de calidades
contempladas en un abanico de un número de casos. Hoy el productor está
aceptando que se le descuente una tasa que puede no ser la que responde a lo
que efectivamente se exporta.
— Hay una diferencia
allí…
— Mi sospecha,
casi certeza, es que la suma de las retenciones que se hacen a quienes producen
no es igual a lo que el exportador ingresa en concepto de derechos de
exportación al Estado. Hicimos un estudio de estimación que nos dio
en una secuencia de 6 años que de cada 100 pesos que el exportador deposita en
la AFIP, 96 fueron puestos por el primer eslabón de la cadena. La pregunta es
si el primer eslabón puso 96 o puso 150. Lo más probable es que haya puesto más
del 100%. Si hubiera trazabilidad, sabés cuánto le sacaron a cada uno y después
decidís como Estado si le das un subsidio, un reintegro con respecto a lo que efectivamente
se depositó. Además, habrá un estímulo para vender en blanco, porque
mayoritariamente las retenciones se la aplican al total del lote, se venda en
blanco o en negro.
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