A
través de una acordada, los miembros de la Corte Suprema de Justicia
dispusieron este lunes por la tarde la “feria judicial extraordinaria” hasta el
31 de marzo en todo el país. De esta manera, ordenaron declarar como
"inhábiles" los días quedan del mes, con el fin de responder a la
pandemia del coronavirus y acompañar las medidas ordenadas por el Ministerio de
Salud de la Nación. Previamente, el máximo tribunal provincial declaró asueto.
La
decisión del máximo tribunal llega luego de recibir sendas presiones por parte
de las autoridades judiciales provinciales y de gremios de convocar al paro en
caso de que no se avanzara con la feria.
Mediante
la acordada difundida esta tarde, los jueces integrantes del máximo tribunal
consideraron declarar la feria judicial extraordinaria debido a “razones
de salud pública” originadas “en la “propagación a nivel mundial, regional
y local de distintos casos de coronavirus (Covid-19)”.
Estas
causales llevaron a los miembros de la Corte a dictar “los actos
necesarios para acompañar las medidas dispuestas por el Ministerio de Salud de
la Nación, con el fin de preservar la salud del personal del Poder Judicial de
la Nación como así también la de todas aquellas personas que concurran los
tribunales dependencias que lo integran de forma de contribuir, además, con la
contención de la propagación de la infección por coronavirus”.
Además,
en razón de lo dispuesto y con el fin de lograr una menor afluencia en los
tribunales, la Corte eximió la exigencia de presentar en soporte material
las presentaciones de las causas permitiendo que estas se
realicen “exclusivamente en formato digital, con firma electrónica”.
A través
de la acordada N° 4/ 2020 difundida esta tarde, la Corte dispuso también el uso
de los Fondos Anticíclicos con el fin de "equilibrar los
recursos en el tiempo y garantizar un nivel adecuado de prestaciones
jurisdiccionales". Estos fondos fueron creados para con el fin de
utilizarlos "ante la reducción de los recursos previstos y en situaciones
excepcionales o no contempladas que impidan el cumplimiento de los objetivos de
Ia jurisdicción".
Por
otro lado, la Corte ordenó garantizar una prestación mínima durante el plazo
establecido - 16 a 31 de marzo - "debiendo cubrirse prioritariamente
con los magistrados y/o funcionarios de las dependencias respectivas que no se
encuentren dentro de los grupos de riesgo".
El
texto firmado por los miembros del máximo tribunal considera como "de
riesgo" a “aquellos magistrados, funcionarios empleados mayores de 65
años que padezcan enfermedades que los hagan más vulnerables al
virus COVID-19, conforme los criterios determinados por las autoridades
sanitarias nacionales, mujeres embarazadas, por un plazo inicial de 14 días
corridos, sujeto la evolución”. Para aquellos casos dispuso la aplicación en el
ámbito del Poder Judicial de la Nación "de una licencia excepcional,
con goce de haberes, para todos".
A su
vez, dispuso “suspender la atención al público salvo para las actuaciones
procesales en las que resulte indispensable la presencia de los letrados y/o
las partes”.
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