En el contexto de la pandemia
declarada por la Organización Mundial de la Salud con relación al coronavirus
(COVID-19), el Directorio del Banco Central de la República
Argentina (BCRA) estableció, a través de la resolución Nº 117 del día de hoy, declarar
días inhábiles del 16 al 31 de marzo del 2020 para las actuaciones cambiarias y
financieras instruidas en los términos de las Leyes del Régimen Penal Cambiario
N° 19.359 y de Entidades Financieras N° 21.526,
respectivamente, sin perjuicio de la validez de los actos procesales que se
cumplan en dicho período por no ser necesaria en ellos la intervención de los
encausados.
Más
allá de esta decisión, el BCRA facultó a la Superintendencia de Entidades
Financieras y Cambiarias para decidir qué casos
necesitan resolverse con urgencia y encargar las
actuaciones correspondientes en estas fechas.
Esta disposición tiene por objetivo contribuir
con el aislamiento sanitario, en línea con las medidas
establecidas por el Poder Ejecutivo Nacional, y preservar la salud tanto del
personal de esta institución como la de todas las personas que concurren a esta
sede administrativa con motivo de la sustanciación de los sumarios instruidos.
La decisión del Directorio se enmarca en las medidas adoptadas por el Poder
Ejecutivo Nacional (Decreto N° 260/2020 que amplía la emergencia pública en
materia sanitaria) y por la Corte Suprema de Justicia de la Nación que acordó,
entre otras cosas, declarar
inhábiles los días 16 al 31 de marzo del presente año para las actuaciones en
trámite ante todos los tribunales que integran el Poder Judicial de la Nación.
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