Viernes 20 de marzo de 2020. En el marco
de la cuarentena obligatoria dispuesta por el Poder Ejecutivo Nacional entre el
20 y el 31 de marzo, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) resolvió,
a través de la Comunicación A6942 , que las
entidades financieras y cambiarias no podrán durante ese período abrir sus
sucursales para la atención al público y deberán seguir prestando servicios a
los usuarios en forma remota, como por ejemplo, para la constitución de plazos
fijos, el otorgamiento de financiaciones y para garantizar los servicios
relacionados con el sistema de pagos.
El BCRA, al mismo tiempo, garantizará
la provisión de efectivo para que los bancos adopten todas las medidas
necesarias, incluyendo los recursos humanos, para asegurar la suficiente
provisión de fondos en cajeros automáticos y la continuidad de la operatoria
relacionada con la extracción de efectivo en puntos de extracción
extrabancarios.
En este lapso de días no habrá
compensación electrónica de cheques, por lo que las sesiones de compensación se
reanudarán el 1 de abril de 2020. Tampoco se computará para el vencimiento de
plazo de 30 días para la presentación de los mismos los días 25 y 26 de mayo.
También
dispuso que las entidades financieras y cambiarias podrán operar entre ellas y
con sus clientes en el mercado de cambios de forma remota. El BCRA garantizará
la operatoria, a través del SIOPEL, de las operaciones cambiarias mayoristas y
de las licitaciones de LELIQ.
En el mismo sentido y con el objetivo
de responder a las necesidades del funcionamiento del sistema financiero, se
mantendrán operativas las Cámaras Electrónicas de Compensación, el Medio
Electrónico de Pagos, las redes de cajeros automáticos y de transferencia
electrónica de fondos, las administradoras de tarjetas de crédito y débito, los
adquirentes y procesadores de medios de pago electrónicos, los proveedores de
servicios de pago, así como sus prestadores conexos y toda otra infraestructura
de mercado necesaria para la normal prestación de los servicios de las
entidades financieras y de los sistemas de pago.
Durante la cuarentena, se admitirá la
operatoria en forma remota de las bolsas de valores y mercados de capitales
autorizados por la CNV, la Caja de Valores y los agentes del mercado de
capitales registrados ante la CNV.
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