El gobierno suspendió el cierre de
cuentas bancarias y la aplicación
de multas hasta el 30 de abril en el marco del paquete de
medidas adoptadas por la pandemia de coronavirus.
Se suma la prohibición
de negar créditos bancarios a empleadores con deudas
previsionales.
El decreto
312/2020 publicado este miércoles en el Boletín
Oficial dispone que las entidades financieras "no
podrá establecer sanción alguna a los cuentacorrentistas, ni inhabilitación,
por el libramiento de cheques comunes o de pago diferido sin fondos, así como
por la falta de registración de cheques de pago diferido".
"La
necesidad de impulsar el otorgamiento de crédito en el marco de la emergencia
económica existente, resulta necesario y urgente suspender transitoriamente la
exigencia de ese requisito, al menos hasta el 30 de abril del corriente año
2020", precisa el texto oficial.
El anuncio se suma al retorno este jueves
del clearing por
parte del Banco
Central. De esta forma se retoman las sesiones
de compensación electrónica de cheques que habían sido suspendidas el 20 de
marzo, aunque desde la entidad conducida por Miguel Ángel
Pesce señalaron que los días en los que no hubo
clearing, "no se computaran para el vencimiento del plazo de 30 días
para la presentación de los cheques".
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