En las últimas
horas surgieron dudas con respecto a si el próximo lunes 30 de marzo será
feriado o no, a partir del anuncio que realizó la semana pasada el presidente
Alberto Fernández en el que anunció el aislamiento social, preventivo y
obligatorio para frenar el avance del coronavirus.
Según las
declaraciones del jefe de Estado realizadas el jueves 19, la cuarentena dispuesta para el período entre el día 20 y hasta el día 31
de marzo inclusive abarcaría solo cuatro días hábiles adelantado el feriado del
2 de abril al próximo martes y estableciendo el lunes como feriado puente.
“Esta medida la hemos tomado tratando de que los efectos de la economía sean
los menos dañinos posibles”, dijo el Presidente.
Pero el criterio
fue modificado y, en la medida que no surjan cambios de último momento, el próximo lunes será considerado día hábil, según indicó este jueves el
ministerio de Trabajo.
Por tal
motivo, el 30 de marzo habrá operatoria en los bancos mientras que el 31
será feriado, según confirmaron fuentes del Banco Central confirmó a Infobae.
Cabe recordar que
la autoridad monetaria emitió el viernes pasado la Comunicación C 86916 en
la que especificó que el feriado del 2 de abril de 2020, previsto por la Ley
27.399 en conmemoración al Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra
de Malvinas, se reemplaza por el martes 31 de marzo de 2020.
Y agregó que “asimismo,
en virtud de lo dispuesto en el citado decreto, los días 20, 25, 26, 27 y 30 de
marzo de 2020 las entidades financieras operarán con el alcance previsto en la
Comunicación “A” 6942”, es decir, con las restricciones del aislamiento
obligatorio.
De esta manera, el
lunes 30 de marzo habrá operatoria en los bancos aunque como es sabido, las
sucursales permanecerán cerradas en el marco del aislamiento obligatorio
establecido por el Presidente. La atención al público se brinda a través de la
red de cajeros automáticos y de los mecanismos de atención electrónica
(homebanking, apps, etc.).
Que el lunes 30 sea
considerado día hábil, por supuesto, no quita que no se deba continuar
cumpliendo con el aislamiento obligatorio. Solo estarán exceptuadas de la
restricción las personas afectadas a las actividades y servicios declarados
esenciales en la emergencia. Esto último se mantendrá en caso de que se
extienda la etapa de la cuarentena obligatoria, algo que se debate en el seno
del Gobierno.
En tanto, todos los
trabajadores tienen garantizado que, más allá de la obligación de no concurrir
al trabajo y de permanecer en sus hogares, percibirán sus ingresos habituales,
conforme lo establece la Resolución N° 219/2020 del Ministerio
de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
|