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Las 6 principales medidas con impacto en las empresas (Aislamiento, ATP, IGJ, Comisión Arbitral)
ABC Mercado de Cambios S.C. comunica sobre la fuente de la siguiente nota:
Texto informativo: 11/05 - 08:32 Ambito Financiero
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Estas son las 6 medidas tributarias tomadas a raíz de la pandemia generada por el coronavirus Covid-19, según se establecieron por orden cronológico, en la semana del sábado 2 de mayor al viernes 8 de mayo. “Es una breve reseña de la normativa más relevante a nivel nacional en materia impositiva y de la seguridad social, así como regulaciones bancarias con impacto en las empresas que se han dictado en esta séptima semana de aislamiento social”, destacó el reporte elaborado por Edelstein Consultores y Torassa & Asoc.

Aislamiento Obligatorio – Actividades exceptuadas

Se exceptúa del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, a ciertas actividades determinadas en la medida, dentro de los siguientes lugares: Provincia de Salta, Gran Mendoza, Gran Santa Fe, Gran Rosario, General Pueyrredón.

A su vez, se exceptúa al personal afectado a la realización de obras privadas, que se realicen con no más de cinco trabajadores, profesionales o contratistas de distintos oficios desarrollando tareas simultáneamente en el mismo lugar, y siempre que los trabajos no impliquen ingresar a viviendas con residentes, locales o establecimientos en funcionamiento, en los aglomerados urbanos de Gran Santa Fe y Gran Rosario, pertenecientes a la Provincia de SANTA FE.

Fuente: Decisión Administrativa JGM 729/2020 (B.O. 07/05/2020)

Decisión Administrativa JGM 745/2020 (B.O. 08/05/2020)

Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) – Nuevas definiciones

Se adoptan las siguientes recomendaciones efectuadas por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa ATP a través de su Acta Nro. 7:

Actividades alcanzadas: se excluye de los beneficios del Programa a las actividades desarrolladas por las compañías aseguradoras y de servicios financieros;

Salario Complementario: se introducen reglas específicas para los contratos de trabajo de temporada y para la determinación del beneficio según la cantidad de empleos que registre el trabajador (supuestos de único empleo y pluriempleo);

Empresas de más de OCHOCIENTOS (800) empleados: se establece que la restricción para la distribución de dividendos, para la realización de operaciones en el mercado financiero tendientes a dolarizar carteras y de determinadas erogaciones, regirá por el ejercicio en curso y los DOCE (12) meses siguientes a la finalización del ejercicio económico posterior a aquel en el que se otorgó el beneficio, inclusive por resultados acumulados anteriores;

Contribuciones Patronales: se modifica el beneficio de reducción del 95% de las contribuciones patronales al que se hiciera referencia en las Actas Nros. 5 y 6 del Comité, otorgándose en su lugar el beneficio de postergación del vencimiento de las mismas.

Fuente: Decisión Administrativa JGM 702/2020 (B.O. 05/05/2020)

Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) – Nuevas definiciones II

Se adoptan las siguientes recomendaciones realizadas por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa ATP a través de su Acta Nro. 8:

Actividades alcanzadas: se incorporan diversas actividades como beneficiarias del Salario Complementario y de la postergación del vencimiento para el pago de las contribuciones patronales;

Empresas de más de OCHOCIENTOS (800) empleados: tendrán el mismo tratamiento que el resto de empresas para ser acreedoras de los beneficios del Programa (antes requería otras evaluaciones), sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos específicos establecidos;

Requisito de “caída sustancial de ventas”: se eleva al 5% (contracción real mayor al 30%) el incremento nominal de facturación del período interanual como límite para acceder al beneficio del salario complementario (antes el incremento nominal considerado como límite era del 0%);

Asimismo, para las empresas que se hayan creado con posterioridad al período de evaluación de facturación, se establece que la comparación deberá realizarse con el período comprendido entre el 12 de noviembre y 12 de diciembre de 2019, mientras que para las empresas creadas en 2020 se considerará automáticamente cumplido este requisito;

Créditos a Tasa Cero: se disponen para los trabajadores autónomos nuevos requisitos en materia de caída de facturación, en línea con los mencionados en el punto precedente para las empresas, incluyendo los supuestos de inicio reciente de actividades. También se posibilita la inclusión de trabajadores que realizan aportes a cajas profesionales provinciales, previa validación por AFIP.

Fuente: Decisión Administrativa JGM 721/2020 (B.O. 07/05/2020)

Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) – Salarios Abril 2020

Los empleadores que hubiesen efectuado el pago de haberes correspondiente al mes de abril de 2020 en forma previa a la percepción por parte de sus trabajadores del beneficio del Salario Complementario, y cuyo monto, sumado éste, supere el que le hubiere correspondido percibir a cada trabajador, podrán imputar el monto excedente a cuenta del pago del salario correspondiente al mes de mayo de 2020.

Idéntico tratamiento podrán realizar quienes hayan optado por abonar la asignación no remunerativa prevista en el artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744.

Fuente: Resolución Ministerio de Trabajo 408/2020 (B.O. 08/05/2020)

Comisión Arbitral – Declaración anual CM05

Se establece que el vencimiento para la presentación de la declaración anual jurada –Formulario CM05– correspondiente al período fiscal 2019 operará el día 30 de junio de 2020, debiéndose aplicar el coeficiente unificado conforme a lo dispuesto por la Resolución General 10/2019.

Fuente: Resolución Comisión Arbitral 15/2020 (B.O. 05/05/2020)

IGJ – Sociedad Anónima Simplificada (SAS)

Se establecen nuevas disposiciones para el representante de los administradores de las SAS domiciliados en el extranjero. Asimismo, se dispone que la IGJ coordinará la obtención de información y podrá adoptar medidas conducentes a determinar la situación de desenvolvimiento empresarial de las SAS que resulten titulares de derechos reales sobre inmuebles.

Fuente: Resolución General IGJ 20/2020 (B.O. 04/05/2020)

Resolución General IGJ 22/2020 (B.O. 06/05/2020)

Justicia – Mediaciones a Distancia

Se aprueba la “Guía para la Realización de Mediaciones a Distancia” y se propicia el dictado de las disposiciones necesarias para su implementación.

Fuente: Resolución 7/2020 Subsecretaría de Acceso a la Justicia – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (B.O. 08/05/2020)

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