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Impuesto a las Ganancias: cómo serán las escalas a partir de 2022
ABC Mercado de Cambios S.C. comunica sobre la fuente de la siguiente nota:
Texto informativo: 21/12 - 07:29 Ambito Financiero
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Se actualizaron las escalas del Impuesto a las Ganancias para empleados en relación de dependencia. A partir de 2022 AFIP aumentará el mínimo no imponible (MNI). Ahora el piso subirá un 50,62% automáticamente respecto al período fiscal de 2021, de acuerdo a la suba anual del que tuvo el índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).

El Gobierno otorgó en abril una deducción especial para aquellas personas que cobraban $ 150.000 brutos o $ 124.500 netos, para que no paguen impuesto a las Ganancias. AFIP subió ese límite a $ 175.000, creando una categoría intermedia que tendría un impuesto mediano, una vez superados los $ 175.000.

¿Cuánto pagan los solteros de ganancias?

Según AFIP, desde el 1 de enero de 2022 los asalariados solteros en relación de dependencia que para 2021 tenían un Mínimo No Imponible de $175.000 pasarán a uno de $ 263.585. Tendrán además un margen de hasta $ 305.768 para el pago en un esquema aliviado.

¿Cuánto pagan los casados de ganancias?

Según AFIP, a partir del 1 de enero de 2022, para las personas casadas con dos hijos a cargo en relación de dependencia, el salario más bajo alcanzado será $270.000, y cuenta con la posibilidad de hacer una deducción por conyugue de $235.457 anuales, es decir $19.621 mensuales y de $118.742 por cada hijo menor a 18 años.

La deducción por cónyuge, según AFIP, pasará de $156.320,63 a $235.457 anuales aproximadamente. La deducción por cada hijo menor de 18 años, será de $78.833,08 a $118.742, y la de hijo incapacitado para el trabajo, de $157.666,16 a $237.484.

Los montos corresponden a valores de bolsillo, es decir, incluyen el proporcional del aguinaldo y son netos de los aportes a la seguridad social.

El aumento según el Ripte deberá aplicarse también, según lo establecido por ley, a los montos deducibles por algunos conceptos. Así, en el caso de declararse el pago de salarios por servicio doméstico, el máximo que se descontará en 2022 del ingreso sujeto al impuesto pasará de $167.678,40 a $252.565 aproximadamente (y lo mismo en el caso de la deducción por alquiler de vivienda).

Autónomos

Según AFIP, en el caso de deducciones para personas que están en el régimen de autónomos, la deducción general para todo el año pasará de $503.035,19 a $757.694, con lo cual, de no aplicarse ninguna deducción por familiares o por gastos, se tributaría desde ingresos de $63.141 mensuales, en promedio.

En caso de tratarse de “nuevos profesionales” o “nuevos emprendedores” según las condiciones de las normativas, esa deducción anual general se incrementará de $586.874,4 a $883.977.

Jubilados y pensionados

Para las jubilaciones y pensiones, AFIP determinó una disposición legal especial que define que el mínimo no imponible equivale a ocho veces el haber mínimo (actualmente esa cifra es de $232.493).

Esto solo si se cumplen determinadas condiciones: no se deben percibir ingresos de otras fuentes, además de la del haber previsional. En caso de tener ingresos de otros recursos, deben ser de un monto bajo, no superior a $167.678,4 en 2021 y no deben ser mayores a $252.565 en todo 2022.

De no cumplirse esos requisitos, las jubilaciones y pensiones están sujetas a Ganancias en iguales condiciones que los salarios.

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