El Gobierno frenó ayer la bola de nieve creada acerca de cambios en el impuesto a las ganancias. Había comenzado a formarse después de que se aceptaron modificaciones específicas para los trabajadores petroleros y se alentaron versiones sobre posibles retoques para todos los contribuyentes.
El secretario de Hacienda, Carlos Mosse, manifestó a la agencia oficial Télam que "no está estudiándose ninguna modificación en el impuesto a las ganancias ni en el mínimo no imponible ni en la estructura del impuesto ni en las alícuotas ni en nuevas deducciones".
Sin embargo, Mosse no dijo nada sobre la posibilidad de que el año próximo se analizaran cambios. De hecho, fuentes de la Secretaría de Hacienda dijeron a LA NACION que Mosse quiso descartar cualquier ajuste para 2006, pero admitieron que en 2007, un año electoral, puede llegar a elevarse el mínimo no imponible, que es el nivel salarial a partir del cual un trabajador debe tributar Ganancias.
El mínimo no imponible para los trabajadores en relación de dependencia casados y con dos hijos es de $ 3200 mensuales, y para los solteros en relación de dependencia, de 2400. En el caso de autónomos, 1800 para los casados y 1000 para los solteros. En marzo pasado se elevaron esos mínimos, pero la presión inflacionaria fuerza ahora una nueva discusión.
La Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados ya aprobó la semana pasada la incorporación de un artículo al proyecto de presupuesto 2007 para que el Ejecutivo pueda modificar Ganancias en dos sentidos: la suba del mínimo no imponible y la posibilidad de hacer más deducciones del impuesto (por familiares a cargo, seguros de vida, gastos médicos, donaciones o servicios domésticos) a quienes ganan más de $ 3500 mensuales, es decir, una modificación de la llamada "tablita del impuestazo de Machinea".
Otras fuentes de Hacienda reconocieron que la suba del mínimo no imponible no solucionaría el problema de fondo: que el que recibe aumento de sueldo bruto termine pagando más Ganancias y cobrando menos salario en la mano. Eso sucede por efecto de la tablita. Si un trabajador cobra hasta $ 45.500 anuales -equivalente a 13 sueldos de 3500- no sufre la reducción de las deducciones al impuesto. Si a esa persona le aumentan, por ejemplo, $ 100 mensuales, pasa a otra categoría tributaria y padece un recorte del 10% en las deducciones, por lo que termina pagando más Ganancias y cobrando menos en la mano.
Los sueldos de $ 45.500 anuales a 65.000 sufren una reducción del 10% de las deducciones. De 65.000 a 91.000, 30%. De 91.000 a 130.000, 50%. De 130.000 a 195.000, 70%. De 195.000 a 221.000, 90%. Y los que cobran más de 221.000 no pueden deducir nada.