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Circular Nº 3502 Negociación Cheques de Pago Diferido
ABC Mercado de Cambios S.C. comunica sobre la fuente de la siguiente nota:
Texto informativo: 23/12 - 13:41 Ricardo J. L. Fernández - MERVAL
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Buenos Aires, 19 de diciembre de 2003


Señores Agentes y Sociedades de Bolsa:

Cumplo en dirigirme a Uds. con el objeto de informarles que, el Directorio del Mercado de Valores de Buenos Aires S.A. ha resuelto habilitar la negociación de los Cheques de Pago Diferido, de acuerdo a las siguientes características:


1. Instrumentos

Los instrumentos negociables son exclusivamente aquellos cheques de pago diferido que habilitará la Bolsa de Comercio de Buenos Aires para su cotización. Estos cheques deben estar acreditados en una subcuenta de comitente de un Agente o Sociedad de Bolsa, en el sistema de Custodia de Cheques de la Caja de Valores S.A., y deben haber sido informados como negociables por este sistema de custodia, al sistema de negociación del Mercado de Valores de Buenos Aires S.A.

Cada cheque tendrá un código identificatorio, y se le asociarán los siguientes datos:

· Código identificatorio del cheque
· Identificación del responsable
· Código
· Denominación
· Tipo (librador, avalista, entidad financiera)
· Fecha de pago
· Monto nominal del cheque
· Código del Agente o Sociedad de Bolsa depositante del cheque en CV
· Plazo de acreditación al vencimiento
· Denominación del beneficiario original
· Estado del cheque (negociable, no negociable)
· Condición tributaria de las partes



2. Unidad de negociación (lote)

La unidad de negociación será el Lote, esto es, uno o un conjunto de cheques de un mismo Agente o Sociedad de Bolsa (vendedor). Se podrán armar libremente los lotes, a partir de los incluidos en la lista de cheques negociables del día. (Previa autorización de la B.C.B.A. y C.V.)

El lote queda definido por la lista de los cheques que lo componen, podrá existir más allá del día en que fue generado y estará compuesto con los siguientes atributos:

· Identificación del lote (el sistema desplegará los datos específicos de cada cheque que integren el lote)
· Monto total (suma de los montos de los cheques)
· Cantidad de cheques que componen el lote


3. Negociación (subasta)

La subasta será el mecanismo de negociación del lote, la concertación se efectuará en los plazos que habilitará el Mercado de Valores de Buenos Aires S.A., y la misma se realizará a través del Sistema Electrónico; estará determinada por un período de tiempo, en el cual se ofrecen a la venta estos lotes, por los Agentes o Sociedades de Bolsa (vendedores) aceptándose ofertas, de los Agentes y Sociedades de Bolsa compradores.

El valor de la oferta es el equivalente a la tasa anual de descuento que aplica el oferente sobre el monto total de los cheques ofrecidos, el cual se expresará en porcentaje, con hasta dos decimales.

La subasta es generada por el Agente o Sociedad de Bolsa vendedor, quien debe informar los siguientes datos:

· Identificación del lote
· Hora de cierre de la subasta
· Tasa anual de descuento de la oferta (opcional)

Al iniciarse una subasta el Sistema le asignará un número identificatorio.

El tiempo mínimo de duración de las subastas, será de 15 minutos.

La hora de cierre de la subasta podrá ser modificada por el vendedor durante el transcurso de la misma, hasta cinco minutos antes de su vencimiento. La hora de cierre podrá ser reducida, pero la oferta deberá mantenerse como mínimo cinco minutos más a partir de la decisión de cambiar el cierre.

Durante la subasta los compradores podrán modificar o anular sus respectivas ofertas, salvo cuando se trate de la mejor oferta de compra y que la misma sea compatible con la tasa anual de descuento del vendedor.

También el vendedor podrá modificar su tasa anual de descuento, salvo que exista una oferta de compra compatible.

La subasta será declarada desierta, en el caso de haber vencido su tiempo límite de duración y no existir ofertas de compra compatible con la tasa anual de descuento del vendedor, y el lote volverá a estar en condiciones de ser ofrecido a la venta, por medio de una nueva subasta.

Las subastas contemplarán características específicas, vinculadas a la manifestación de tasa anual de descuento límite informado o sin tasa anual de descuento, para su cierre.

Si la subasta, es informada con tasa anual de descuento límite, finalizará cuando se cumplan algunas de las siguientes condiciones:

· Se cumplió el tiempo mínimo de duración, (independientemente del tiempo límite definido por el vendedor), y hay una oferta de compra compatible.

· Se superó el tiempo mínimo de duración, e ingresa una oferta de compra que es compatible con la tasa anual de descuento límite. En este momento, cierra la subasta, independientemente del tiempo límite definido por el vendedor.

En los casos anteriormente detallados, se concertará la operación, adjudicando la subasta a la mejor oferta de compra.

· Se cumplió la hora de cierre especificada por el vendedor.

En el caso de una subasta sin tasa anual de descuento límite, el lote ofertado será adjudicado, solo cuando el vendedor incorpore la tasa anual de descuento, (cumpliéndose las mismas características, de aquellas definidas con tasa anual de descuento), de no ser así, la subasta se declarará desierta.

Adicionalmente los Agentes y Sociedades de Bolsa, tendrán la posibilidad de manifestar su intención de compra, a título exclusivamente informativo. Los datos opcionales de la intenciones de compra son:

· Tasa anual de descuento
· Monto máximo
· Código del responsable
· Fecha de pago

Las intenciones de compra son totalmente independientes de las subastas, y podrán ser consultadas por todos los operadores.

4. Liquidación

Las operaciones concertadas, generarán una obligación, en el sistema de Liquidación de Operaciones del Mercado de Valores de Buenos Aires S.A.. Las cuales serán liquidadas, de acuerdo a las normas en vigencia.

5. Derecho de Mercado

Estas operaciones devengarán un Derecho de Mercado del 0.03% por 90 días.

6. Disposiciones Administrativas

Los Agentes y Sociedad de Bolsas utilizarán las rutinas propias de cada oficina relativas al registro de movimientos de fondos, custodia y operaciones, extendiendo los comprobantes que evidencien la ejecución de las tareas encomendadas. Atento a ello se podrán utilizar los actuales diseños de comprobantes de respaldo para entrada y salida de fondos y títulos (en este caso cheques de pago diferidos autorizados para su custodia en C.V.). mención especial merece la negociación de un lote el cual se informará al comitente con la emisión de un boleto, el que contendrá además de los aranceles, derechos y datos que identifican el lote subastado, las retenciones y percepciones impositivas emergentes del hecho imponible y sujetos intervinientes.

7. Disposiciones Generales

Se deja constancia que el Agente o Sociedad de Bolsa y comitentes, que participen en las operaciones reguladas aceptan las potestades de este Mercado de Valores de Buenos Aires S.A. y de su Directorio de disponer conforme las previsiones de las normas de la presente. Por lo tanto los participantes renuncian a toda acción o derecho contra el Mercado de Valores de Buenos Aires S.A. derivado del ejercicio de las facultades regladas en la presente normativa, situación que quedará evidenciada en nota que el comitente debe suscribir de conformidad. Así mismo en la citada nota se dejará constancia de la recepción por parte del comitente de una copia de la presente Circular.

Para los supuestos no previstos en esta Circular, serán de aplicación las normas contenidas en el Reglamento Interno y en el Reglamento Operativo del Mercado de Valores de Buenos Aires S.A.

8. Vigencia

La presente Circular tendrá vigencia a partir del día 22 de diciembre de 2003
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