Finalmente ayer el directorio del Banco Central autorizó la emisión de Letras y Notas exclusivas para inversores locales, que se denominarán “Lebacs Internas” y “Nobacs Internas”, respectivamente. Según sostuvo la entidad, las mismas sólo podrán negociarse localmente, al tiempo que podrán ser tenedores de las mismas las personas jurídicas constituidas en el país sujetas a fiscalización permanente de organismos nacionales de regulación y control, y las entidades financieras autorizadas por el Banco Central para su cartera propia y para personas físicas residentes en el país y cuentas oficiales. Otra de las condiciones que es que el agente de registro, liquidación y depositario único será la Central de Registro y Liquidaciones (CRyL).
Esta medida fue impulsada por el BCRA con el fin de mantener a distancia a los grandes fondos del exterior que habían influido notablemente en la volatilidad de los precios de estos activos, sobre todo en tiempos de la crisis hipotecaria. Desde la entidad sostuvieron que para el resto de los instrumentos se aplicará la normativa actual, es decir, serán Lebacs y Nobacs similares a las vigentes y podrán ser utilizadas en las mismas operatorias según lo reglamentado para éstas. |